La carta o declaración de Chapultepec, es un documento escrito por los miembros de La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) elaborada el 11 de marzo de 1994 en la cuidad de México, el cual manifiesta, en sus escritos, que debe existir una prensa libre y democrática, donde se promueva la libertad de expresión para los periodistas, quienes a su vez, no se les debe prohibir bajo ninguna cuestión, la libre difusión de ideas y pensamientos. Se recalca también, que, los periodistas están en plena libertad de indagar y cuestionar, de dialogar y confrontar o de publicar y transmitir, cualquier tipo de información que sea motivo de publicación en los diferentes medios de comunicación de América Latina.
En cuanto a los principios que propone la Declaración de Chapultepec, en el octavo acápite, se plantea que: “ El carácter colegiado de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales y la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales, deben ser estrictamente voluntarios”. Debido a este punto redactado en la carta, los periodistas del Ecuador expresaron su desacuerdo, ya que el afiliarse a un gremio o a las asociaciones profesionales debería ser obligatorio para el periodista que ejerce su profesión, y no que sea una elección voluntaria. Se crearon diversas contravenciones entre los gremios de periodistas con el entonces Presidente de la República Lucio Gutiérrez, quien en octubre de 2003, consolida la adhesión a este documento.
Frente a la desconformidad por parte de los periodistas, se hicieron diversas cuestiones o criticas. Los gremios manifestaron su desacuerdo, ya que se sustentan en obligatoriedad de que todo periodista debe pertenecer a algún gremio o asociación, con el propósito de recibir un respaldo para salvaguardar su integridad y proteger su dignidad.
Personalmente, la Declaración de Chapultepec es una excelente garantía para el periodista, puesto que, se respeta su integridad y por ende tiene derecho de ejercer su profesión libremente y sin prohibiciones. Se ampara la ejecución de sus funciones, con la garantía de que no podrá ser obligado a revelar sus fuentes de información, y que no existirán restricciones, obstáculos ni imposiciones para la divulgación de la información.
Es importante reiterar que estos derechos y deberes del periodista, son o deberían ser respetados por parte de ellos mismos. Por ejemplo en el acápite 9 de la Declaración de Chapultepec, se le impone al periodista a que su trabajo se lo realice concientemente con la veracidad que implica divulgar un hecho, donde se priorice la imparcialidad y la igualdad. Estos puntos son de vital importancia para el periodista, quien cumpla el ejercicio profesional responsablemente. ¿Pero está imposición se cumplirá a cabalidad por los periodistas que representan a los medios de comunicación?
1 comentario:
un goce me gusto.
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